La Ley de Presupuesto 2026 estableció que los trabajadores del sector público en el Perú cobrarán sus **sueldos del mes de enero junto con el Bono de Escolaridad desde el 21 de enero de 2026, según el cronograma aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación.
🗓️ ¿Cuándo empiezan los pagos?
El pago de sueldos y del bono por escolaridad de S/ 400 para la mayoría de trabajadores estatales inicia según la siguiente distribución por sector:
- Miércoles 21 de enero: Educación (incluye universidades), Presidencia del Consejo de Ministros, Transportes y Comunicaciones, Defensa, Poder Judicial, Ministerio Público, Economía y Finanzas, Justicia, gobiernos regionales, Contraloría, Congreso, Desarrollo Agrario y Riego, Energía y Minas.
- Jueves 22 de enero: Interior, Desarrollo e Inclusión Social, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Defensoría del Pueblo, Relaciones Exteriores.
- Viernes 23 de enero: Salud, Mujer y Poblaciones Vulnerables, Cultura, Ambiente, Trabajo y Promoción del Empleo, RENIEC.
- Lunes 26 de enero: Producción, Comercio Exterior y Turismo, ONPE, Fuero Militar Policial, Junta Nacional de Justicia, Jurado Nacional de Elecciones, Tribunal Constitucional.
Este cronograma asigna a cada entidad pública una fecha específica para que sus empleados y pensionistas puedan cobrar sus remuneraciones y el bono correspondiente.
💰 ¿Quiénes reciben el bono de escolaridad?
El bono de escolaridad 2026 de S/ 400 se entrega una sola vez en enero y está dirigido a trabajadores del sector público que se encuentren bajo ciertos regímenes laborales, entre ellos:
- Funcionarios y servidores nombrados y contratados (Decreto Legislativo N.º 276, Ley N.º 29944, Ley N.º 30512).
- Docentes universitarios.
- Personal de salud regulado por norma específica.
- Obreros del Estado.
- Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
- Pensionistas del Estado incluidos en regímenes específicos.
💡 A diferencia de otros beneficios, este bono no está condicionado a tener hijos en edad escolar; todos los trabajadores elegibles lo reciben aunque no tengan hijos, siempre que cumplan las condiciones laborales del decreto vigente.
📋 Requisitos para percibir el bono
Para recibir el bono completo, los trabajadores deben:
- Estar realizando labores efectivas al momento de entrada de vigencia de la norma, o estar en descanso vacacional o licencia con goce de remuneraciones.
- Tener una antigüedad mínima de 3 meses en el servicio al momento de este pago. Si el trabajador no tiene 3 meses completos, el bono se abona en forma proporcional según el tiempo trabajado.
🧑🏫 Excepciones y casos especiales
- Los profesores y auxiliares contratados bajo la Ley de Reforma Magisterial no reciben el bono en enero; su pago se efectuará en junio de 2026, conforme a normas específicas.
- Trabajadores bajo regímenes laborales de carácter privado o ciertos contratos pueden tener condiciones distintas para recibir la bonificación.
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